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MAR, 03 NOV 2026
Economía

Un proyecto busca gravar con Ganancias a los CEDEARs desde octubre de 2026

La iniciativa en el Congreso eliminaría la exención vigente y fijaría una alícuota del 15% para los certificados comprados a partir de esa fecha, sin efectos sobre las carteras ya armadas.

EO
Esteban ObertoEconomía regional y pymes · · lectura 2 min
Un proyecto busca gravar con Ganancias a los CEDEARs desde octubre de 2026

La alícuota prevista es del 15% y la fecha de corte es el 31 de octubre de 2026. Con esos dos datos como punto de partida, un proyecto de ley que se encuentra en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, los certificados que replican activos extranjeros y que hoy gozan de una exención.

Qué son los CEDEARs y por qué crecieron

Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local argentino, pero representan una inversión en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio varía según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero. Esa combinación les permitió ganar popularidad entre ahorristas e inversores que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

Hasta ahora, estos certificados quedan amparados por la misma exención de Ganancias que se aplica a los valores negociables argentinos. El proyecto cambia esa lógica: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. El criterio se conoce como transparencia fiscal, o look-through.

Los puntos clave de la propuesta

  • Alícuota del 15%, según lo indicado por Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios.
  • Aplicación a los CEDEARs adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.
  • Criterio de transparencia fiscal: se mira el tratamiento del activo que está detrás del certificado.
  • Sin efecto retroactivo para quienes ya tienen CEDEARs en cartera.

El cambio no sería retroactivo. Solo afectaría a los certificados adquiridos desde la fecha de corte que fija el proyecto, de modo que las carteras armadas antes del 31 de octubre de 2026 no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente. La diferencia de trato que se busca eliminar es concreta: hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones. El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley. Hasta entonces, el régimen de exención sigue vigente. ¿Qué pesa más en la decisión de un ahorrista: el costo fiscal o la posibilidad de dolarizarse sin salir del sistema local?

EO
Esteban ObertoEconomía regional y pymes

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