Casas particulares: el salario mínimo subirá 1,7% en octubre y se completa el cronograma del año
La actualización regirá para todas las categorías del régimen y se calculará sobre los sueldos de septiembre; además, se sumará al básico la mitad de la suma no remunerativa de agosto.
El personal de casas particulares percibirá en octubre de 2026 un incremento del 1,7% sobre los salarios mínimos de septiembre, según lo dispuesto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares mediante la Resolución 6/2026, publicada en el Boletín Oficial. Vamos a los números: la actualización alcanza a todas las categorías del régimen y se aplicará, como en cada tramo del cronograma vigente, sobre los mínimos correspondientes al mes inmediato anterior. La variación representa una suba moderada, alineada con el sendero de incrementos previamente acordado para el año.
En términos concretos, el mes próximo traerá una novedad adicional: se incorporará al sueldo básico el 50% de la suma extraordinaria no remunerativa que se abonó por única vez con los haberes de agosto. Esa suma, cuyo importe dependía de la cantidad de horas semanales trabajadas, ya había sido integrada en un 25% durante septiembre, de modo que al cierre de octubre quedará acumulado un 75% del total. El 25% restante se sumará al básico en noviembre, completando el proceso de regularización de ese pago excepcional.
Cómo se compone el haber mínimo según categoría
- Tareas generales: limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas.
- Asistencia y cuidado de personas: incluye tareas no terapéuticas para enfermos, personas con discapacidad, adultos mayores, adolescentes y niños.
- Personal exclusivamente dedicado a cocinar.
- Tareas con especial idoneidad: oficios que requieren calificación específica.
- Supervisión: personal con al menos dos personas a cargo, encargado de coordinar y controlar las tareas.
- Caseros: quienes habitan y custodian la vivienda como condición del contrato laboral.
En todos los casos, la remuneración mínima varía según la modalidad de contratación, diferenciándose entre quienes prestan tareas con retiro y quienes lo hacen sin retiro. A esa estructura se suma un adicional del 31% calculado sobre el mínimo salarial para los trabajadores que se desempeñan en zonas desfavorables, concepto que alcanza a las provincias de Neuquén, Chubut, Río Negro, La Pampa y Santa Cruz; a Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur; y al partido bonaerense de Patagones.
El esquema previsto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares no termina con el ajuste de octubre. El calendario salarial del año contempla dos incrementos adicionales, cada uno del 1,6%, que se aplicarán sobre los mínimos de octubre en noviembre y sobre los de noviembre en diciembre de 2026. De este modo, el régimen cerrará el ejercicio con tres actualizaciones sucesivas, en línea con la dinámica de negociación paritaria vigente en la actividad.
Comparado con el mes previo, el haber mínimo de octubre mostrará el efecto combinado del 1,7% de aumento y del 50% restante de la suma no remunerativa que se suma al básico. Respecto de un año atrás, la variación acumulada será el resultado de la sucesión de incrementos mensuales aplicados durante todo el período, junto con la incorporación progresiva al básico de la suma extraordinaria otorgada en agosto. La trayectoria completa recién quedará consolidada con la liquidación de diciembre, último tramo del cronograma anual.
En un escenario donde la negociación salarial se actualiza mes a mes y donde coexisten múltiples categorías y modalidades de contratación, el detalle normativo se vuelve una herramienta central tanto para empleadores como para trabajadoras y trabajadores del régimen. El propio texto de la Resolución 6/2026 fija los porcentajes, los plazos y la mecánica de absorción de la suma no remunerativa, lo que reduce el margen de interpretación y homogeneiza la aplicación en todo el país. Resta, no obstante, un interrogante que deja picando la dinámica reciente: ¿cómo impactará en los acuerdos informales y en la negociación de los meses venideros un sendero de incrementos que, en lo nominal, se mantiene por debajo de la inflación esperada para el año?
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